Desde el 1 de septiembre los productores familiares inscriptos en los registros nacionales Sanitario del Productor Agropecuario (Renspa) y de la Agricultura Familiar (Renaf) quedan eximidos de abonar los aranceles que cobra por sus prestaciones el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa).
La medida está enmarcada en el Anexo II de la Resolución Nº 61/2018 del Ministerio de Agroindustria de la Nación, referida a los montos arancelarios que por retribución percibe el Senasa correspondientes a los servicios prestados a terceros. El Sistema Integrado de Gestión de Administración (SIGAD) del Senasa arrojará automáticamente está condición de exención.
El Renspa del Senasa es obligatorio para todas las actividades de producción primaria del sector agropecuario. El responsable sanitario de la actividad debe declarar sus datos personales, los del establecimiento y los datos de la explotación.
Por su parte, el Renaf –que funciona en el ámbito del Ministerio de Agroindustria de la Nación– permite visibilizar y fortalecer el trabajo de los agricultores y agricultoras familiares en todo el país. A partir de la información que cada productor aporta al registrarse, es posible conocer cuántos y quiénes son, dónde viven y trabajan, qué producen y cuáles son sus potencialidades y necesidades específicas.
Los productores familiares que deseen realizar consultas sobre el Renaf pueden dirigirse a la línea gratuita 0800-333-62497, al teléfono (011) 4349-2632 o escribir a renaf@magyp.gob.ar; en tanto que quienes deseen hacerlo sobre la eximición de aranceles deben dirigirse al Senasa al teléfono (011) 4121 – 5126/5513 o escribir a eximicionaf@senasa.gob.ar