En las últimas horas, el Senasa publicó una resolución mediante la cual establece una serie de requisitos y exigencias sanitarias para los campos y la hacienda que terminará aportando la carne para exportar a China.
Las nuevas normas tratan de acomodar la situación local al exigente protocolo sanitario firmado con ese país a principios de 2018, y que jamás se pudo aplicar por la cantidad de exigencias sanitarias que establecieron y aceptaron allí los dos países. Por ejemplo, que el ganado debía provenir de establecimientos determinados y que no podía pasar por ferias y concentraciones. Y que esos campos debían ostentar una condición sanitaria óptima (en especial en materia de tuberculosis) que es casi imposible de mostrar.
La nueva resolución es un intento del Senasa por “tapar” los baches de un camino para poder exportar a China en al marco de ese nuevo protocolo, del cual Bichos de Campo siempre informó -contra el optimismo oficial- que era de muy difícil cumplimiento. Para que quede claro, la Argentina aceptó en aquel documento exigencias de China que no podía llegar a cumplir jamás, salvo en un país de sueños. La lectura general de los veterinarios es que mientras China necesite carne esas exigencias se maquillarán, pero que el cumplimiento del protocolo se transformará en barrera ni bien esta corriente de demanda se detenga. Ojalá no suceda nunca.
Lo cierto es que la nueva Resolución 1089 publicada en el Boletín Oficial dispone:
Por un lado, que la hacienda para China debe ser provista por establecimientos en los que no se hubieran detectado en los últimos 12 meses previos “el ingreso de animales biungulados desde otras zonas o países fuera de las zonas libres de aftosa de la Argentina, período en el cual tampoco se debería registrar casos de lengua azul, enfermedad de Aujesky, tuberculosis, paratuberculosis, rabia carbunco bacteridiano o brucelosis”.
Con respecto a las condiciones sanitarias los animales deben ser criados, nacidos y faenados en zonas libres de aftosa reconocidas por la OIE, deben haber permanecidos en la explotación al menos los 90 días previos a la faena y no haber sido vacunados contra carbunclo ni alimentado con harinas de carne y hueso Entonces el poseedor de vacas deberá certificar su tenencia al menos durante ese tiempo y así saldría del campo con el sello “apto China”, que le permitirá vender en remates ferias, caso contrario deberá tener otro canal comercial y no mezclarse con el ganado sí autorizado a ser vendido a ese país.
En cuanto a la segregación, durante el traslado al matadero y su permanencia en el frigorífico la hacienda no podrá estar en contacto con animales que no cumplan con los requisitos exigidos por la normativa en cuestión. Aquí hay otro interrogante: ¿Qué pasa con los frigoríficos que hacen faena para exportación a China u otro destino y también al mercado interno? Esa hacienda debería cumplir con todos estos requisitos también.
Matías Nardello, el director nacional de Sanidad Animal, intentó explicar luego de esta resolución (que finalmente intenta ser una bajada a tierra de las extremas exigencias impuestas por China en ese protocolo todavía no aplicado) que en la nueva resolución se dicen cosas que no deben ser leídas textualmente, pues las exigencias no serían finalmente tan exigentes como parecen. La explicación, en un audio, circuló de inmediato por todos los teléfonos de los ganaderos y empresarios frigoríficos. Es esta:
Nardello afirmó, por ejemplo, que en el caso de la brucelosis y la tuberculosis bovina -dos enfermedades frecuentes en la ganadería local- los campos para exportar a China tendrán que atravesar por todo un proceso antes de ser exluidos del negocio a China, ya que se deberán hacer análisis para demostrar la existencia de animales enfermos y consitutir un “caso” pasible de exclusión.
Sobre esas sobre exigencias, el funcionario (que ingresó al cargo después de la firma de tan polémico protocolo) reconoció que en la práctica una serología positiva no será considerada como un “caso” hasta que no se realice una “nvestigación” en cada establecimiento. “Hay 60 días para mostrar que no es un caso”, subrayó. En tuberculosis, cuando en el frigoríficos se detecten bovinos con lesiones, “se obligará por oficio al producto a realizar un muestreo para ver si ese campo es un caso o solo hay una sospecha hasta que se compruebe que tiene casos de tubercusosis”.
La otra gran polémica también parece que va a zanjarse a la criolla. Aunque el protocolo y la resolución de Senasa dice que la hacienda no debe pasar por corrales, para evitar el contacto con otros animales y el consiguiente riesgo sanitario, Nardello afirmó que en el futuro cada productor declarará a través del SIGSA que su hacienda permaneció 90 en el establecimiento y que con eso será suficiente.
Con ese trámite, según el funcionario del Senasa, los productores podrán mandar “tranquilamente animales a remate feria, salvo aquellos que provengan de establecimiento cuyo DTE salga ‘no apto China’”.
En definitiva, el bendito protocolo con China -en letra fría- sigue pareciendo muy exigente para todos. Pero el Senasa insiste que podremos cumplirlo si hacemos las cosas “a la argentina”.