La legislatura provincial de Corrientes aprobó hoy el Estado de Emergencia Fitosanitaria en todo el territorio correntino hasta el 1 de enero de 2020, por la presencia de la enfermedad del Huanglongbing (HLB) en la provincia, admitiendo una prórroga del Poder Ejecutivo en caso de mantenerse las circunstancias que motivan la Ley. La normativa faculta al Ministerio de Producción de Corrientes a coordinar acciones con entes públicos y privados,
En la argumentación, se describe la normativa implementada por los organismos nacionales para prevenir el ingreso y dispersión de la enfermedad en el país, pese a la cual se registraron casos positivos en varias provincias, incluyendo Corrientes y teniendo en cuenta que es la tercera productora y exportadora de cítricos de Argentina, dedica 35 mil hectáreas con una producción de 545 mil toneladas; cuenta con 5 fábricas de jugos concentrados, cremogenados, pulpas para bebidas sin alcohol, y aceites esenciales, 2 plantas de empaque para mercado externo y 111 empaques para mercado interno; 1.600 establecimientos productivos que involucran 4.700 puestos directos de trabajo en promedio anual con picos de 8.700 puestos por intensificación de las tareas, por lo que la afectación de esta cadena productiva acarrearía consecuencias dramáticas para la provincia.
Se consideró que para el mejor cumplimiento de las responsabilidades asignadas por la normativa nacional, la Provincia puede promover actividades coordinadas con organizaciones públicas y privadas, verificando el cumplimiento de los fines del marco regulatorio.
La nueva ley faculta al Ministerio de Producción a coordinar acciones con entes públicos y privados, así como suscribir convenios para su cumplimiento y lo constituye como autoridad de aplicación a través de la Dirección de Producción Vegetal, con las facultades para asegurar el acatamiento, dictar reglamentos, llevar registros, instrumentar las políticas de prevención y control, y requerir la asistencia de las fuerzas de seguridad de la Provincia para el cumplimiento de sus actividades. Finalmente autoriza al organismo de aplicación a contratar directamente y al Poder Ejecutivo a destinar fondos para la ejecución de estos objetivos.