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Exportaciones de carne vacuna en 2022: sin cupos, por ahora


El Gobierno prolongó la prohibición para exportar cortes populares hasta fin del 2023 y liberó, sin cupos ni límites, las carnes provenientes de vacas conserva y toros. Sin embargo, planteó que buscará garantizar “el equilibrio entre la productividad, las exportaciones y el mercado interno”, aunque se desconoce qué mecanismos utilizará para lograrlo.


El Gobierno prolongó la prohibición para exportar cortes populares hasta fin del 2023 y liberó, sin cupos ni límites, las carnes provenientes de vacas conserva y toros. Sin embargo, planteó que buscará garantizar “el equilibrio entre la productividad, las exportaciones y el mercado interno”, aunque se desconoce qué mecanismos utilizará para lograrlo.

A través de un decreto y dos resoluciones publicadas este lunes en el Boletín Oficial, el Gobierno puso en marcha el nuevo esquema de exportaciones de carne vacuna.

Se mantendrá por dos años la prohibición de exportar para siete “cortes populares”, se libera por completo la exportación carne de vacas conserva y toros (incluidos los cortes populares de esas categorías) y se creará el Observatorio de la Producción de la Carne Vacuna, que irá monitoreando la evolución de las variables producción/consumo interno/exportación.

Se mantienen las declaraciones juradas de exportación y se crea un nuevo registro de exportadores.

Las medidas, en detalle

La Resolución 301/21 libera en su totalidad las exportaciones de carne de vacas D y E y de toros, así como de huesos con carne resultantes del desposte.

Solo podrán declarar exportaciones de estos productos, los establecimientos faenadores que tengan “Servicio de Clasificación y Tipificación bajo supervisión Oficial” activo y estén al día con la información diaria de los romaneos mediante el Sistema Integral de Faena, indicando en forma fehaciente la tipificación de cada animal faenado. “La falsedad en la tipificación de los animales faenados llevará al levantamiento del servicio de tipificación del establecimiento por treinta días, sin perjuicio de otras sanciones que pudieran corresponder”, establece el Artículo 6° de la norma.

Por su parte, el Artículo 7° dictamina que “los contingentes arancelarios otorgados por terceros países a la República Argentina (cuotas Hilton y 481 a Europa; EE.UU. y Colombia) se regirán por sus respectivas normas”.

En tanto, se mantendrá el uso de Declaraciones Juradas para Exportación, sobre las cuales se fijó en cinco días hábiles administrativos el plazo mínimo para la aprobación de las mismas.

Monitoreo de producción, consumo interno y exportación

La Resolución 301/21 también establece la creación, en el ámbito del MAGyP, del “Observatorio de la Producción de la Carne Vacuna”, un órgano consultivo que brindará asesoramiento para impulsar la productividad y “generar un buen clima de negocios en la cadena de la carne”, explicaron desde la cartera agraria.

Sus funciones serán:

  • Analizar la evolución y composición de las existencias de ganado bovino;
  • Analizar la evolución y la composición de la faena bovina y de las exportaciones de carne;
  • Proponer políticas públicas para el desarrollo de la ganadería argentina y su cadena de valor;
  • Evaluar la previsibilidad y sustentabilidad de la promoción y el desarrollo de la ganadería argentina y de todas las políticas públicas referentes a las exportaciones de carne;
  • Sugerir la composición y proyecciones de exportaciones de carne vacuna de conformidad con los informes del Observatorio.

El Observatorio estará presidido por la/el titular de la Unidad Gabinete de Asesores del Ministerio (hoy a cargo de Diana Guillén aunque a última hora se hablaba de cambios en el puesto), y se invitará a participar a representantes de las provincias, de las entidades del sector agropecuario, de las cámaras de la industria frigorífica, de engorde a corral, de matarifes y abastecedores, y de productores exportadores, del Instituto de Promoción de la Carne Vacuna Argentina, y a la coordinación de la Mesa de las Carnes.

Por su parte, según la resolución, los informes del Observatorio serán considerados por la Dirección Nacional de Control Comercial Agropecuario (DNCCA) para autorizar el volumen de exportación de carne vacuna, “a los efectos de garantizar el equilibrio entre la productividad, las exportaciones y el mercado de carne argentino”.

Los cortes de carne prohibidos para exportar

A su vez, el Decreto 911/21, con la firma del Presidente Alberto Fernández, el Jefe de Gabinete, Juan Manzur, y el Ministro de Agricultura, Julián Domínguez, reserva para el mercado interno los llamados “cortes populares” (asado con o sin hueso, falda, matambre, tapa de asado, nalga, paleta y vacío), los que tendrán prohibida la exportación hasta el 31 de diciembre de 2023 inclusive. Con respecto a la prohibición que regía desde junio, se liberó la cuadrada, que fue reemplazado por la nalga.

Tampoco se podrán exportar reses enteras, medias reses, cuartos delanteros con hueso, cuartos traseros con hueso, medias reses incompletas con hueso; y cuartos delanteros incompletos con hueso.

En tanto, el Artículo 3° habilita al ministerio de Agricultura a “establecer excepciones debidamente fundadas a las pautas establecidas en el artículo 2° del presente decreto (el de prohibición de cortes)”.

Por su parte, la Resolución 302/21 abre el registro de exportadores durante 60 días a partir de su entrada en vigencia, permitiendo la inscripción de grupos de productores y nuevas plantas que pretendan exportar en 2022.

Deberán inscribirse aquellas plantas faenadoras o procesadoras habilitadas que no fueron incluidas en Resolución Conjunta N°5, de los ministerios de Agricultura y Desarrollo Productivo y para los grupos de productores.

Las dudas del nuevo esquema

A pesar de que desde Agricultura afirman que no está previsto volver al sistema de cupos entre los exportadores, el objetivo planteado de cuidar el mercado interno y la productividad deja la puerta abierta a nuevas restricciones.

De hecho, conservará la discrecionalidad de poder rechazar permisos de exportación sin mayores explicaciones. Incluso, la Secretaría de Comercio Interior podrá seguir monitoreando los permisos presentados.

Tampoco está claro cuándo podrán comenzar a exportar las nuevas plantas o productores exportadores. La norma indica que la DNCCA contará con un plazo de hasta 30 días corridos para efectuar la evaluación de los inscriptos, una vez cerrado el registro. Es decir, la situación podría extenderse hasta marzo próximo.

La redacción del art. 8º (Las fábricas o establecimientos comprendidos en la presente resolución podrán transferir carne para exportación a otro exportador.) también abre la puerta a las dudas sobre la inexistencia de cupos hacia adelante.

Comentarios

El decreto y las resoluciones cumplen con el resultado de las reuniones precedentes entre el Ministerio y las entidades del sector, tanto de carácter técnico como político.

Se prohíbe la exportación de ciertos productos pero desapareció la existencia de cupos o restricciones cuantitativas.

Pero en tales reuniones quedó claro que el gobierno aspira a tener exportaciones por una cantidad similar a las del año que acaba de terminar (unas 800 mil tec), pese a que se preveía que podrían ser aún menores. Además, que aspira que el ritmo en el primer cuatrimestre sea algo inferior, hasta contar con los resultados de la primera campaña de vacunación para ver qué pasa con el stock.

En este sentido, la única manera de asegurar que el total del año no sea mayor, con exportaciones liberadas, o que el ritmo del primer cuatrimestre sea menor, es mediante cupos. Que nadie sabe cómo se pueden establecer o en base a qué.

La otra manera de cumplir con esos objetivos sería mediante la no aprobación de DJEC, lo que generaría una incertidumbre manifiesta y una gran disrupción del mercado de ganados y carnes.

Los cupos, con todo su efecto negativo, serían un mal menor.

Por otro lado, esperar cuatro meses para tener resultados de la vacunación es, cuanto menos, algo engañoso. Esos resultados aparecen bastante más tarde que abril y establecer una relación directa entre esa evolución y las posibilidades de exportación se asemeja más a una excusa pueril que a instrumentos de una política bien encaminada.

Nuestra conclusión es que no hay cupos para exportar en 2022, por el momento.

En todo caso, los pasos dados desde mediados de 2021 en la materia y el contraste entre los objetivos del gobierno y lo que dicen las normas hasta ahora, permiten imaginar que en este año se seguirán perdiendo oportunidades de exportación, de inversión, de empleo y de generación de valor. Sólo un gran convencimiento de los productores acerca de lo efímero de estas medidas y del buen panorama internacional que seguirá por un tiempo permitirá seguir en la senda de expansión de la ganadería que estamos recorriendo desde hace un par de años.

Por Miguel Gorelik y Marcos Lopez Arriazu, de Valor Carne

Fuente: www.valorcarne.com.ar

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