Se publicó en el Boletín Oficial la resolución conjunta sobre uso de agroquímicos de los ministerios de Agroindustria y Ambiente. Qué funciones deberá cumplir el Grupo de Trabajo que definirá los “principios rectores”.
Los ministerios de Agroindustria y de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación publicaron este miércoles, en el Boletín Oficial, la Resolución Conjunta 1/2018, destinada a avanzar en pautas para regular la aplicación de agroquímicos, fundamentalmente en zonas periurbanas.
Algunas consideraciones fueron adelantadas el lunes por los titulares de ambas carteras, Luis Miguel Etchevehere (Agroindustria) y Sergio Bergman (Ambiente), durante una conferencia de prensa tras la firma de la mencionada resolución.
Entre otros aspectos, la normativa dispone la creación de un grupo de trabajo interdisciplinario que definirá estas pautas para el uso de fitosanitarios, y su control y monitoreo, que deberán ser formuladas en un plazo no mayor a 90 días.
En los fundamentos, el Gobierno reconoce que se necesita una “mejor coordinación” sobre esta materia y que es “conveniente acordar y clarificar los principios que deben regir las políticas públicas nacionales” para las aplicaciones de estos productos.
Contenido
En su artículo 1°, la Resolución establece que “las actividades de aplicación de productos fitosanitarios para la agricultura en la actividad agrícola en general, y en especial en zonas de amortiguamiento o buffer, deben realizarse conforme a buenas prácticas agrícolas y sujetas a sistemas de control y monitoreo adecuados”.
Sobre las funciones que deberá cumplir el Grupo de Trabajo Interministerial, se dispone:
a. Elaborar los principios que deben regir las políticas públicas nacionales de sus respectivas competencias, sobre las aplicaciones de fitosanitarios en la agricultura y la alimentación, con especial atención sobre las aplicaciones en zonas de amortiguamiento o “buffer” adyacentes a áreas que requieren especial protección.
b. Formular recomendaciones respecto de cómo mejorar la adopción de las buenas prácticas de aplicación de fitosanitarios.
c. Formular recomendaciones sobre cómo fortalecer los sistemas de control y monitoreo de las actividades de aplicación de fitosanitarios.
Este Grupo estará conformado por dos representantes de los ministerios involucrados, del Inta y De Senasa, y se invitará a participar a un referente del Ministerio de Salud, uno del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, uno del Consejo Federal de Medio Ambiente (Cofema) y uno del Consejo Federal Agropecuario (CFA).
“El Grupo de Trabajo deberá presentar sus conclusiones dentro de los 90 días de formalmente integrado”, agrega la resolución.
Fundamentos
Para el Gobierno nacional, “la implementación de buenas prácticas en la aplicación de fitosanitarios es de interés común a toda la Nación, razón que amerita una mejor definición de los principios políticos rectores para una mejor coordinación en todo el territorio de las políticas en la materia”.
Así lo señalan los ministerios de Agroindustria y Ambiente en los considerandos de la resolución, en la que se precisa que hay 22 provincias que tienen regulaciones propias, de diferente índole, sobre aplicaciones de fitosanitarios.
También se expresa en el texto normativo que hay numerosos antecedentes de resoluciones y medidas tomadas por el Gobierno para cuidar la salud humana, sin afectar la producción agropecuaria.
Se menciona, por ejemplo, un estudio realizado por un Consejo Científico Interdisciplinario impulsado por Comisión Nacional de Investigación sobre Agroquímicos (CNIA), que determinó que, “bajo condiciones de uso responsable (entendiendo por ello la aplicación de dosis recomendadas y de acuerdo con buenas prácticas agrícolas), el glifosato y sus formulados implicarían un bajo riesgo para la salud humana o el ambiente, poniendo de relieve la importancia fundamental de las buenas prácticas”.
Documentos de referencia
Además, se recuerda que en el marco de la Red de Buenas Prácticas Agropecuarias, que integran más de 50 instituciones de todo el país, se elaboraron dos documentos de referencia técnica, con fundamentos científicos: Pautas sobre Aplicaciones de Productos Fitosanitarios en Áreas Periurbanas, y las Recomendaciones para Normativas de Departamentos, Municipios y Partidos que regulen sobre Aplicación de Productos Fitosanitarios.
“No obstante los antecedentes citados, resulta conveniente acordar y clarificar los principios que deben regir las políticas públicas nacionales de competencias de ambos Ministerios sobre las aplicaciones de productos fitosanitarios en la agricultura y la alimentación, con especial atención sobre las aplicaciones en zonas de amortiguamiento o buffer adyacentes a áreas que requieren especial protección”, resume la resolución.
Y completa: “Asimismo, resulta conveniente generar procesos tendientes a robustecer los sistemas de monitoreo y control sobre las actividades de aplicación de productos fitosanitarios, así como la diseminación de las buenas prácticas, para dar seguridades a la población e impulsar niveles cada vez mayores de adopción efectiva de buenas prácticas”.