Vence este miércoles, después de 15 años. La extensión es por 60 días o hasta que se apruebe el nuevo régimen de promoción industrial del biodiésel y el bioetanol, que está en debate en el Congreso.
Como anticipó El Cronista, el Gobierno nacional finalmente prorrogó por decreto la vigencia de la Ley de Biocombustibles. Es por 60 días, o «hasta que se apruebe y promulgue el nuevo régimen de promoción industrial del biodiésel y el bioetanol», que vence este miércoles 12 de mayo tras 15 años en vigencia.
Así lo establece el Decreto 322/2021 publicado este lunes en el Boletín Oficial, donde se aclara que la prórroga es hasta el próximo 12 de julio de 2021 «o hasta que entre en vigencia un nuevo Marco Regulatorio de Biocombustibles».
La medida se debe a que el Congreso aún no sancionó la nueva normativa, impulsada por el bloque oficialista, con el diputado Máximo Kirchner como uno de sus mentores. Aunque su firma no está en el proyecto de ley del Frente de Todos, que el anteproyecto haya sido impulsado por el camporista Marcos Cleri alienta ese supuesto.
La nueva Ley de Biocombustibles tendrá aplicación hasta el 31 de diciembre del 2030, con la posibilidad de que el Poder Ejecutivo lo extienda 5 años por única vez.
DE QUÉ SE TRATA LA NUEVA LEY DE BIOCOMBUSTIBLES
Entre otros ítems, el proyecto establece nuevos parámetros de qué se entiende por biocombustibles. Y especifica que alcanza al bioetanol y al biodiésel que cumplan los requisitos de calidad que establezca la Secretaría de Energía.
Actualmente, el corte de biodiésel (con mezcla de soja) sobre el gasoil es de 10%, mientras que la mezcla de biodiésel en las naftas es de 12% (caña azúcar y maíz en partes iguales). El proyecto en debate plantea un corte del 5% para el biodiésel, con la posibilidad de reducirlo hasta un 3%, en volumen, medido sobre la cantidad total del producto final.
De acuerdo al texto, la Secretaría de Energía podrá elevar el porcentaje mínimo obligatorio «en función del abastecimiento de la demanda, la balanza comercial, la promoción de inversiones en economías regionales, y/o razones ambientales o técnicas».
Asimismo, el proyecto en debate mantiene que todo combustible líquido clasificado como nafta que se comercialice deberá contener un porcentaje mínimo obligatorio de bioetanol de 12% en volumen, medido sobre la cantidad total del producto final.
Un punto clave es que «las empresas responsables de llevar a cabo las mezclas mínimas obligatorias de biocombustibles con combustibles fósiles deberán adquirir, sin excepción, la totalidad de aquellos exclusivamente de las empresas elaboradoras autorizadas por la Secretaría de Energía».
Es decir: tanto el biodiésel como el bioetanol deberán ser producidos en plantas instaladas en la Argentina a partir de materias primas nacionales cuyo origen sea agropecuario, agroindustrial y/o provenga de desechos orgánicos. De lo contrario, «la actividad será considerada clandestina», apunta el texto.
El nuevo régimen cuenta con el apoyo de un grupo de ex titulares de la cartera, quienes a través de un comunicado destacaron las ventajas ambientales y económicas que traerá aparejadas.
FUENTE: CRONISTA