El ente monetario informó esta tarde que se permitirá “la incorporación del “derecho de superficie” como garantía” para las solicitudes de créditos bancarios, una medida que beneficiará a muchos productores, dijo un comunicado del Central.
“El “derecho de superficie” fue introducido en el Código Civil y Comercial de la Nación a través de la reforma de la ley 26.994?, explicó el BCRA, precisando que “se trata de un nuevo derecho real de carácter temporario, que se constituye sobre un inmueble ajeno y otorga a su titular (el “superficiario”) “la facultad de uso, goce y disposición material y jurídica del derecho de plantar, forestar o construir, o sobre lo plantado, forestado o construido en el terreno, el vuelo o el subsuelo” (artículo 2114).
Su utilización es de uso frecuente en sectores como el agropecuario, la construcción y el forestal, en los que un productor explota económicamente un inmueble a mediano o largo plazo, pero sin tener su propiedad, lo que le impide acceder al financiamiento hipotecario tradicional. En virtud de este cambio dispuesto por el BCRA, los emprendedores que no cuenten con inmuebles propios podrán llevar adelante proyectos de inversión mediante financiamiento bancario, ofreciendo como garantía el flujo de fondos de la explotación comercial.
El “derecho de superficie” aparece con un tratamiento similar en la normativa de varios países, tales como Francia, España, Alemania, Bélgica, Portugal, Japón, Suiza, Austria, Bolivia, Perú y Brasil. De esta manera, el BCRA sigue ampliando la disponibilidad de crédito para la actividad productiva. Los cambios desarrollados en el último año han generado un crecimiento de los préstamos comerciales del 45% interanual y del 26% en los primeros siete meses de 2017.
Fuente: Ambito