Las autoridades de la Secretaría de Alimentos y Bioeconomía aprobaron el “Reglamento para la solicitud de autorización para la liberación experimental en condiciones controladas de microorganismos genéticamente modificados (MGM) con fines agroindustriales o usos en el contexto agropecuario”.
En los fundamentos de la medida –publicada hoy en el Boletín Oficial– se indica que a partir “de los avances científicos que se han verificado en la materia se advierte la necesidad de establecer una nueva normativa que actualice la anterior y, a la vez, contemple las nuevas tecnologías que han surgido en estos años y sus aplicaciones”.
La norma también pretende regular “las distintas modalidades que pueden presentar los sitios en que se realizan las experimentaciones en condiciones controladas (a campo, en invernáculo, o boxes), atendiendo a las cuestiones de bioseguridad involucradas en los mismos”.
Para eso determina que las personas humanas o jurídicas interesadas en realizar liberaciones experimentales de MGM ·deberán contar con la autorización previa de la Secretaría de Alimentos y Bioeconomía”. En caso de tratarse de MGM para uso en animales, la documentación deberá ser remitida al Senasa.
Los técnicos encargados de evaluar las presentaciones serán los integrantes de la Comisión Nacional Asesora de Biotecnología Agropecuaria (Conabia) y el Comité Asesor en Bioinsumos de Uso Agropecuario (Cabua).
Los MGM forman parte de los denominados bioinsumos, los cuales, según la propia definición elaborada por Cabua, comprenden todo producto biológico que consista o haya sido producido por microorganismos o macroorganismos, extractos o compuestos bioactivos derivados de ellos y que estén destinados a ser aplicados como insumos en la producción agropecuaria, agroalimentaria, agroindustrial, agroenergética e incluso en el saneamiento ambiental agropecuario.
Entre las principales aplicaciones de los bioinsumos se incluyen los biofertilizantes, bioestimulantes y biocontroladores, entre otros.