Lo que hay que saber sobre el contrato de leasing ganadero, presentado hace pocos días: por medio de la Resolución N° 703-E/2017, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa), creó la figura de Leasing Ganadero. Las personas físicas y jurídicas interesadas en efectuar un arrendamiento bajo esta modalidad, deberán registrarlo en la dependencia del Senasa correspondiente al lugar donde se encuentren los animales. De acuerdo a la norma, la responsabilidad sanitaria de los bienes o el ganado objeto del contrato celebrado es exclusiva del tomador. La normativa completa: http://bit.ly/2iWz5rT
Fuente: Santa Maria e Hijos