El Ministerio de Agricultura ha establecido que puede eliminar del RUCA a aquellas plantas cuyos usuarios infrinjan la normativa cambiaria, en especial el ingreso y liquidación de divisas en el mercado de cambios, en los plazos y condiciones regulados.
Por resolución 132/2020 se responsabiliza a las plantas (frigoríficas o de cualquier otra actividad alcanzada por el RUCA, que son muchas) de lo que puedan hacer u omitir sus usuarios en una operativa que les es eminentemente propia y que tiene muy poca capacidad de ser fiscalizada por los propietarios de las plantas.
Indudablemente, se trata de otro intento de mejorar la situación del mercado cambiario aunque a costa de atribuir responsabilidades que no parece que puedan ser correctamente defendidas en caso de conflictos judiciales.