La Resolución de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario 100/2018 del 24/09/2018 (B.O. 01/10/2018) establece una nueva escala de salarios mínimos para el personal permanente de prestación continua, con vigencia a partir del 1° de julio, del 1 de agosto de 2018, del 1 de octubre de 2018 y del 1 de enero de 2019, hasta el 31 de julio de 2019, conforme los cuadros adjuntos. Se establece un aporte solidario del 2% sobre las remuneraciones del personal comprendido en la Resolución, eximiéndose del mismo a los trabajadores afiliados a la UATRE.
NUEVA ESCALA SALARIAL
Detalle de la nueva escala salarial:
Vigencia 1º a 31 de julio de 2018
Sin comida y sin SAC
Vigencia 1º de agosto al 30 de septiembre de 2018
Sin comida y sin SAC
Vigencia 1º de octubre al 31 de diciembre de 2018
Sin comida y sin SAC
Vigencia 1º de enero de 2019 al 31 de julio de 2019
Sin comida y sin SAC
NOTAS
VIVIENDA: La vivienda que proporcione el empleador debe reunir los requisitos establecidos en el TITULO IV de la Ley N° 26 727, no pudiendo efectuarse deducción alguna por dicho suministro.
BONIFICACIÓN POR ANTIGÜEDAD: Es del UNO POR CIENTO (1%) de la remuneración básica de su categoría, por cada año de antigüedad, cuando el trabajador tenga un antigüedad de hasta DIEZ (10) años, y del UNO Y MEDIO POR CIENTO (1,5 %), cuando el trabajador tenga una antigüedad mayor a los DIEZ (10) años
Los trabajadores comprendidos en la presente Resolución que desarrollan sus tareas en las Provincias de CHUBUT, SANTA CRUZ Y TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR, les será aplicable un adicional del VEINTE POR CIENTO (20%) sobre las remuneraciones mínimas de la categoría laboral que revistan.