A partir de la Resolución 7-E/2018, publicada hoy en el Boletín Oficial, el Ministerio de Agroindustria, a través de la Subsecretaría de Control Comercial Agropecuario (SUCCA), eliminó el mínimo establecido para depósito de garantía a los operadores que se inscriban como matadero-frigorífico, de modo que sea igual para todos los establecimientos, beneficiando a las plantas pequeñas, ya que al suprimir el mínimo podrán conformarlo según su faena real.
Los titulares de los frigoríficos depositaran el equivalente a $ 100 por animal faenado, y los arrendatarios consignaran $ 300, de acuerdo a un mes de faena promedio del año anterior.
La norma se determina por la necesidad de establecer medidas específicas a los fines de transparentar la cadena comercial de la industria frigorífica de carne vacuna, consagrando la responsabilidad del titular del establecimiento faenador por el cumplimiento de las obligaciones inherentes a la actividad, tanto por su parte como por parte de los operadores a los que les brinda el servicio de faena en su establecimiento.