Así lo establece una Resolución de la Secretaría de Agricultura que se publicó hoy en el Boletín Oficial. Pasan a estar incorporados al dólar diferencial para economías regionales
Mediante la Resolución 156/2023 publicada hoy en el Boletín Oficial, la Secretaría de Agricultura decidió incorporar al sorgo, la cebada forrajera y al girasol al dólar economías regionales, que establece hasta el 31 de agosto del presente año un tipo de cambio de 300 pesos por dólar. Cada uno de los productos deberán cumplir determinados requisitos, con el objetivo de garantizar el mercado interno y que no se registren aumentos de precios a los consumidores.
En el anexo de la Resolución de detallan los productos que se encuentran alcanzados por la medida. Ellos son: Sorgo granífero, Los Demás, A granel con hasta un 15 % embolsado; Sorgo granífero, Los Demás, más del 15 % embolsado; Cebada, En grano, A granel con hasta un 15 % embolsado; Cebada, En grano, más del 15 % embolsado; Semilla de girasol, los demás; Aceite de Girasol, a granel; Aceite de Girasol, Los Demás, Refinado a granel; y Aceite de Girasol, Los Demás, Refinado en tambores de más de 200 litros.
Además, Tortas, “Expellers”, “Pellets” y Harinas de girasol; Tortas; Tortas, “Expellers”, “Pellets” y Harinas de girasol, “Pellets”, de harina de extracción; Tortas, “Expellers”, “Pellets” y Harinas de girasol, “Pellets”, integral; Tortas, “Expellers”, “Pellets” y Harinas de girasol, Harinas de tortas; Tortas, “Expellers”, “Pellets” y Harinas de girasol, “Expellers”, y Semilla de Girasol, únicamente para industria, Los Demás, A granel con hasta un 15 % embolsado.
En los considerandos de la normativa, la Secretaría de Agricultura determinó que “resulta razonable establecer volúmenes de equilibrio para el registro de Declaraciones Juradas de Venta al Exterior (DJVE) para dichos productos a los efectos de preservar el abastecimiento del mercado interno”. En ese sentido, hay que recordar que los volúmenes de equilibrio fueron creados en la gestión del ex ministro de Agricultura, Julián Domínguez, con el objetivo de controlar los saldos exportables de la cosecha y garantizar el aprovisionamiento del mercado interno.
Requisitos
Según consta en el artículo 2º de la normativa, se establecen los volúmenes de equilibrio de la campaña 22/23 que en el caso del sorgo se fijaron en 950.000 toneladas, en la cebada forrajera en 2.000.000 de toneladas, y para el complejo girasol se determinaron de la siguiente manera: Semilla de Girasol en 145.000 toneladas, Aceite de Girasol en 1.100.000 toneladas y la harina de girasol en 1.150.000 toneladas. Por otro lado, se determinó que en el caso del girasol los exportadores inscriptos en el dólar agro “deberán seguir manteniendo los acuerdos de precios y volúmenes establecidos por la Secretaría de Comercio Interior”.
Hasta el momento, el dólar agro parece no terminar de tomar el ritmo que esperaba tanto el Gobierno nacional como el sector privado. La segunda semana de vigencia del Programa de Incremento Exportador (PIE III), que establece una tipo de cambio diferencial de $300 por dólar para el complejo sojero y algunos productos de las economías regionales, siguió mostrando niveles de comercialización de soja por debajo de las anteriores ediciones de la medida, mientras que la liquidación de divisas se ubicó por debajo de lo registrado la semana anterior.
De esta manera, el volumen negociado de soja en el mercado de granos siguió siendo de unas 100.000 toneladas diarias. Según detalló la Cámara de la Industria Aceitera, ayer ingresaron por el dólar soja 3 USD 108 millones, con un acumulado que apenas supera los USD 1.360 millones, en una jornada donde el dólar libre trepó hasta los 462 pesos y la brecha cambiaria es del 110%. En este contexto, a lo que se suma el efecto de la sequía y los bajos precios que ofrece la exportación y el sector industrial, sigue la producción sin incentivos para comercializar su mercadería.
FUENTE. INFOBAE –