Las autoridades del Ministerio de Agroindustria dieron de baja la obligación, por parte de los frigoríficos, de constituir una garantía destinada a cubrir el pago de eventuales multas y efectivizaciones de incumplimientos tributarios.
A fines de febrero del año pasado los frigoríficos fueron obligados a integrar una garantía equivalente al resultado de multiplicar la Cantidad de Cabezas Mensuales Computables (CCMC) por un Importe Unitario de la Fianza (IUF) de 100 pesos para propietarios del 100% del capital del frigorífico y de 300 pesos para los operadores de plantas que no tuviesen la titularidad del dominio de la misma.
La nueva exigencia disponía que CCMC se calcularía a partir del número de cabezas faenadas por el establecimiento en cuestión durante el año calendario inmediato anterior dividido por doce meses o por los meses en que haya tenido actividad.
Sin embargo, en todos los casos, el límite inferior de la CCMC se establecía en 3000 cabezas mensuales, de manera tal que la garantía mínima, dependiendo de si se es o no titular de planta de faena, era de 300.000 a 900.000 pesos.
En los fundamentos de la norma que dio de baja la obligación –publicada hoy en el Boletín Oficial– se indica que “la garantía exigida afianza obligaciones proporcionales al volumen de faena de cada matadero-frigorífico y, a lo largo del año 2017, se constató la falta de equivalencia en las condiciones comerciales entre las plantas frigoríficas de bajo volumen de faena con el resto de los operadores de mayor tamaño en su matanza”.